El Juzgado de lo Penal nº 2 de Toledo ha dictado sentencia con fecha 4 de noviembre de 2009 en el juicio que contra José Antonio Callejón Amorós, padre del rejoneador José Miguel Callejón Martín, se celebró en el mismo por la muerte de 6 caballos de los hermanos Domecq.

En la citada sentencia se condena a José Antonio Callejón Amorós, como autor penalmente responsable de un delito de daños a la pena de DOS AÑOS Y TRES MESES DE PRISION, al pago de una tercera parte de las costas, así como a indemnizar a la entidad Duende y Desplante, S.L, de Antonio y Luis Domecq, propietarios de los caballos con la cantidad de 508.960,44 €.

El Ministerio Fiscal, que inicialmente no había formulado acusación, tras la celebración del juicio solicitó finalmente la condena del acusado, José Antonio Callejón Amorós, a una pena de un año y nueve meses de prisión. Por su parte, el letrado de a acusación particular, los hermanos Domecq, D. Jaime Guerra, solicitó una pena de tres años de prisión. Finalmente el magistrado ha condenado incluso a una pena superior a la solicitada por el Fiscal.

La sentencia declara probado que el 2 de junio de 2001 cuando José Antonio Callejón Amorós, con el más que posible consentimiento de su hijo su hijo José Miguel Callejón Martín, quien no ha sido condenado por el simple hecho que respecto al mismo prescribió la acción penal, con el fin de eliminar la competencia que les suponía el también rejoneador Sergio Galán, deciden eliminar sus caballos quemándolos lo que le haría perder su temporada taurina, para lo cual contrataron a otras personas, que se encuentran en paradero desconocido, para que ejecutaran sus planes.

La citada resolución considera que ya antes de que se tuviera conocimiento de las escuchas telefónicas practicadas por un juzgado de Villena (Alicante), toda la investigación policial iba dirigida contra el ahora condenado; y que las escuchas telefónicas practicadas en dicho juzgado de Villena, que eran completamente legales, han permitido confirmar la responsabilidad del condenado junto con el resto de pruebas practicadas.

Recordemos, como también se deja constancia en la sentencia, que fue la coincidencia de los rejoneadores Sergio Galán con los hermanos Antonio y Luis Domecq en la corrida que se celebró en la Plaza de Toros de Las Ventas de Madrid el 2 de junio de 2001, confundió a los ejecutores quienes siguieron al vehículo que trasportaba los caballos de los hermanos Domecq y no al de Sergio Galán, en su viaje de vuelta a su finca de Jerez de la Frontera, aprovechando la parada que hicieron en la localidad de Ocaña (Toledo) para cenar, para matar los caballos que creían eran de Sergio Galán, introduciendo por las ventanillas del remolque, en los que se encontraban los caballos, una sustancia incendiaria que causo la muerto de 6 caballos que resultaron totalmente calcinados y gravísimos daños a otros tantos equinos que prácticamente quedaron inservibles para la lidia, además de otros importantes daños materiales.

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